Artículo 4 del AI Act: la alfabetización en IA obligatoria para empresas
Sí. Desde el 2 de febrero de 2025, el artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) obliga a toda empresa que use sistemas de IA, incluido ChatGPT, a adoptar medidas de alfabetización en IA para su personal. No hay umbral de tamaño. Tras el Ómnibus Digital de 2026 es una obligación de medios: hay que actuar y poder demostrarlo.
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Qué dice el artículo 4
El artículo 4 del AI Act regula la alfabetización en IA: que las personas que manejan sistemas de IA en nombre de una empresa tengan los conocimientos necesarios para usarlos con criterio, entender sus riesgos y saber cuándo no fiarse de ellos.
El Reglamento define la alfabetización en IA (artículo 3, punto 56) como las capacidades, los conocimientos y la comprensión que permiten desplegar sistemas de IA con conocimiento de causa y ser conscientes de sus oportunidades, sus riesgos y los perjuicios que pueden causar.
La obligación afecta a dos figuras:
- Proveedores: quienes desarrollan un sistema de IA o lo comercializan con su nombre.
- Responsables del despliegue: quienes usan un sistema de IA bajo su autoridad en una actividad profesional. Aquí entra casi cualquier empresa que use ChatGPT, Copilot, Gemini, un asistente en su CRM o una herramienta de selección con IA.
Las medidas deben cubrir al personal propio y a otras personas que usen los sistemas en nombre de la empresa, como colaboradores externos o personal de una ETT.
Desde cuándo se aplica
| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 1 de agosto de 2024 | Entra en vigor el AI Act |
| 2 de febrero de 2025 | Se aplican el artículo 4 (alfabetización) y las prohibiciones del artículo 5 |
| 27 de julio de 2026 | Entra en vigor el Ómnibus Digital, que suaviza el artículo 4 |
| 2 de agosto de 2026 | Aplicación general del AI Act y supervisión por las autoridades nacionales |
En España la autoridad de supervisión es la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), con sede en A Coruña.
Qué cambió con el Ómnibus Digital
El texto original exigía a las empresas garantizar, en la medida de lo posible, un nivel suficiente de alfabetización en IA de su personal. El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus Digital sobre IA, lo cambió por una obligación de adoptar medidas para promover esa alfabetización.
En la práctica:
- La obligación sigue. No se ha derogado ni aplazado.
- Es de medios, no de resultado. No hay que garantizar que cada persona alcance un nivel concreto, sino actuar de forma razonable y proporcionada.
- Acreditarlo gana peso. Si no hay que demostrar un resultado, lo que se puede revisar es qué se hizo. Sin registro, es difícil probar que se adoptó alguna medida.
- Más apoyo público. La Comisión y los Estados miembros deben ayudar a las empresas, en especial a las pymes, con orientaciones y ejemplos prácticos.
Qué medidas son razonables en una pyme
El AI Act no fija un temario ni un número de horas. La Comisión Europea indica que las medidas deben tener en cuenta los conocimientos técnicos, la experiencia y la formación de cada persona, el contexto en que se usa la IA y a quién afecta.
Un planteamiento proporcionado para una pyme tiene cinco piezas:
- Saber qué IA se usa. Una lista sencilla de herramientas, quién las usa y para qué. Incluye la IA “en la sombra”: la que la gente usa por su cuenta.
- Una formación básica para todos. Qué es la IA generativa, por qué se equivoca (alucinaciones, sesgos), qué datos no se deben introducir y cómo revisar los resultados.
- Formación específica por puesto. No necesita lo mismo quien redacta correos con IA que quien usa una herramienta para filtrar candidaturas.
- Normas de uso por escrito. Una política de uso de IA que diga qué herramientas están permitidas, con qué datos y con qué revisiones.
- Un registro de evidencias. Quién se formó, en qué, cuándo, con qué materiales, y cuándo se actualizó.
Cómo acreditarlo ante una inspección
Conviene guardar, como mínimo:
- La lista de sistemas de IA en uso y las personas que los usan.
- Los contenidos de la formación y la fecha de su última revisión.
- Un registro por persona: nombre, puesto, acción formativa, fecha y, si la hubo, evaluación.
- La política de uso de IA y la prueba de que se comunicó a la plantilla.
- Las actualizaciones posteriores: nuevas herramientas, nuevas incorporaciones, cambios normativos.
No hace falta un certificado oficial. Un registro ordenado y fechado es lo que permite demostrar que la empresa adoptó medidas.
Errores frecuentes
- Pensar que no afecta porque “solo usamos ChatGPT”. El uso profesional de herramientas generales también cuenta.
- Hacer un curso genérico y olvidarse. La alfabetización se mantiene: entran personas nuevas, cambian las herramientas y cambia la norma.
- No dejar rastro. Formar sin registrar es casi como no formar a efectos de acreditación.
- Confundirlo con el alto riesgo. El artículo 4 se aplica a todos. Las obligaciones de alto riesgo, como las de la IA en selección de personal, son otras y llegan el 2 de diciembre de 2027.
Relación con otras obligaciones
La alfabetización es la base de casi todo lo demás. Quien use un sistema de alto riesgo debe asignar la supervisión humana a personas con la competencia y la formación necesarias (artículo 26). Y las normas de protección de datos (RGPD) siguen aplicándose a todo lo que se introduzca en una herramienta de IA.
Para el plan completo, consulta cómo cumplir el AI Act en una pyme. Para formar a la plantilla con cargo a las cotizaciones, consulta la formación en IA bonificada por FUNDAE.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la formación en IA en España?
Sí. El artículo 4 del AI Act es un reglamento europeo de aplicación directa en España desde el 2 de febrero de 2025. Obliga a proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA, es decir, a cualquier empresa que use IA en su actividad, a adoptar medidas de alfabetización en IA para su personal.
¿Afecta a una pyme o a un autónomo que solo usa ChatGPT?
Sí, si lo usa en su actividad profesional. El artículo 4 no tiene excepción por tamaño. Lo que cambia con el tamaño es la proporcionalidad: una microempresa puede cumplir con medidas sencillas, como una sesión básica, unas normas de uso y un registro de quién se ha formado.
¿Qué cambió el Ómnibus Digital en el artículo 4?
El Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus Digital sobre IA), en vigor desde el 27 de julio de 2026, sustituyó la obligación de garantizar un nivel suficiente de alfabetización por la de adoptar medidas para promoverla. La obligación sigue vigente, pero es de medios y no de resultado. Además, la Comisión y los Estados miembros deben apoyar a las empresas, en especial a las pymes, con ejemplos prácticos.
¿Hay que obtener un certificado oficial?
No. El AI Act no exige ningún título ni certificado oficial, ni un número mínimo de horas. Lo que conviene es poder acreditar qué medidas se adoptaron: quién se formó, en qué, cuándo y con qué contenidos.
¿Qué multa hay por no cumplir el artículo 4?
El artículo 99 del AI Act no fija una multa específica para el artículo 4. Aun así, la falta de formación puede pesar en una inspección o tras un incidente, y las normas nacionales pueden concretar el régimen. Lo explicamos en la guía de sanciones.